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Personas físicas que optaron por RESICO deben contar con FIEL

  Todos los contribuyentes que optaron por formar parte del nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) deberán contar con su Firma Electrónica Avanzada hasta diciembre próximo. De acuerdo al Transitorio Trigésimo Octavo, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, advierte que para los efectos del artículo 113-G fracción II de la Ley del ISR, los contribuyentes que optaron por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza deberán contar con e.firma activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022. “La e.firma se obtendrá cumpliendo con los requisitos y condiciones establecidos en las fichas de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del Certificado de e.firma para personas físicas” y 106/CFF “Solicitud de renovación del Certificado de e.firma para personas físicas”, contenidas en el Anexo 1-A. Este mismo artículo Transitorio indica que los contribuyentes que inicien actividades deberán cumplir con lo señalado en el párrafo anterior, a más tardar dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que iniciaron actividades. El Transitorio también advierte que los contribuyentes que no cumplan con lo dispuesto en esta disposición, no podrán tributar en el Régimen Simplificado de Confianza. “Para tales efectos, la autoridad fiscal podrá asignar al contribuyente el régimen fiscal que le corresponda”, agrega.

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