Cuauhtémoc 757 Sur. Col. Centro, Mty. N.L.

Celebramos acuerdo de la CRE que restablece plazos y términos legales para presentación de folios

  • Fortalece la certidumbre jurídica y de inversión en el sector frente a la recuperación postpandemia.
  • Con este Acuerdo, ya no se limitará a menos de 50 el número de folios y preregistros que pueden presentarse ante la CRE.

A través de la #AlertaRegulatoria, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), detectó la publicación del Acuerdo A/023/2023 por parte de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) que reinstala los términos y plazos legales para la recepción de trámites de particulares, eliminando la posibilidad de limitar la recepción de folios en materia de hidrocarburos a menos de 50 al mes.

Celebramos que la nueva disposición recibida y aprobada por la CONAMER el 14 de julio y publicada por la CRE el 20 de julio de 2023 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para su entrada en vigor de inmediato, otorga mayor certidumbre jurídica y de inversión al sector energético. Esperamos que esta intención permanezca y el regulador se mantenga interesado por el crecimiento y la competitividad. 

Es importante mencionar que en febrero de este año externamos nuestra preocupación por la publicación del Acuerdo A/004/2023, que establecía que la Comisión solamente podría recibir, al mes, una solicitud por persona física o moral asignando únicamente 50 folios en materia de hidrocarburos en total para todo el sector, 15 en electricidad y 120 en preregistros. 

Por ello, reconocemos la resolución del organismo con el “ACUERDO Núm. A/023/2023 de la Comisión Reguladora de Energía por el que se dejan sin efectos los acuerdos A/001/2021 por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Comisión Reguladora de Energía, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19 y A/004/2023 de la Comisión Reguladora de Energía por el que se reanudan los plazos y términos legales de manera ordenada y escalonada, que modifica el diverso A/001/2021 mediante el cual se establece la suspensión de plazos y términos legales, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19”, deroga los Acuerdos A/001/2021 y A/004/2023, publicados el 18 de enero de 2021 y el 28 de febrero de 2023, respectivamente.  

Con el reciente anuncio, se reanudan los plazos y términos legales suspendidos por el Acuerdo A/001/2021 de forma escalonada, estableciendo, entre otras cosas, que los trámites pendientes, ingresados antes de la entrada en vigor de dicho Acuerdo se atenderá de conformidad a la prelación publicada por la CRE y que los trámites ingresados con posterioridad se atenderían de conformidad al número de folio de trámite asignado a través de la OPE.

Desde Coparmex consideramos que este Acuerdo avanza hacia el camino correcto para fortalecer el sector energético e incentivar el crecimiento de una industria estratégica para el país.  

Estas disposiciones son consecuencia de que el pasado 5 de mayo de 2023, la Organización Mundial de la Salud declaró el fin de la emergencia de salud pública de importancia internacional provocada por el SARS-CoV-2, y que, en consecuencia, el 9 de mayo el gobierno federal publicó la declaratoria de la terminación de la acción extraordinaria en materia de salubridad. 

Entendemos que existe un largo número de folios pendientes de revisión y aprobación por parte de la CRE, sobre todo como consecuencia de la pandemia del SARS-CoV-2, pero celebramos la intención y el compromiso de regresar la certidumbre jurídica al sector.

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