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Es preocupante la ocupación temporal de la planta de hidrógeno en hidalgo; es una señal que inhibe las inversiones

  • Conmina la Confederación al Gobierno federal a agotar mecanismos de diálogo y negociación con las empresas, antes de llevar a cabo medidas unilaterales.
  • Estas acciones representan un mensaje de arbitrariedad y un atentado a la seguridad jurídica.

Desde la Confederación Patronal de la República Mexicana, COPARMEX, manifestamos nuestra profunda preocupación y nuestro rechazo a las acciones de expropiación llevadas a cabo por el Gobierno federal.

Conminamos al Poder Ejecutivo a actuar con responsabilidad, a agotar los mecanismos de diálogo y negociación con empresas proveedoras, permisionarias, concesionarias o licitantes con las que tenga diferencias, antes de realizar actos unilaterales como la ocupación o expropiación de bienes.

Consideramos que México no puede darse el lujo de ahuyentar inversiones ni de mostrarse ante el mundo como un país con un frágil Estado de Derecho. Tenemos todo para que en este 2024 se establezcan las bases para ser el país que mejor aproveche el Nearshoring creando más y mejores empleos.

Cabe destacar que el pasado 28 de diciembre, el Gobierno federal expidió un decreto por el que declara de utilidad pública la conservación y prestación del servicio de suministro de hidrógeno, su uso, aprovechamiento, operación y explotación, y demás mejoras de la Planta Productora de Hidrógeno U-3400, ubicada en la fracción de terreno al interior de la Refinería Miguel Hidalgo, ubicada en Tula de Allende, estado de Hidalgo. En el mismo acto jurídico, ordenó la ocupación temporal inmediata a favor de Pemex Transformación Industrial como empresa productiva del Estado subsidiaria de PEMEX.

Dicha planta era operada desde 2017 por Air Liquide (empresa francesa) que cumplía el compromiso de suministrar hidrógeno por 20 años a la instalación petrolera y reducir los costos de PEMEX.

El monto de la indemnización deberá cubrirse de conformidad con el avalúo que realice el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. Así mismo, dentro de los diez días posteriores a la entrada en vigor del decreto, los interesados pueden acudir al procedimiento para controvertir el monto de la indemnización.

Si bien son acciones reguladas por la Ley de Expropiación que establece las causas de utilidad pública, y regula los procedimientos, modalidades y ejecución de las expropiaciones, es de destacar que este decreto no indica el plazo de ocupación temporal y es ambiguo en algunos aspectos, lo que impide la posibilidad de calcular la indemnización prevista en el artículo 2 Bis. de dicha legislación.

En COPARMEX consideramos que el Gobierno federal está desarrollando una estrategia de reestatización de ciertas actividades de la economía, cuya manifestación más preocupante es la apuesta por militarizar dichas tareas como ocurrió recientemente con la compra, gestión y distribución de medicamentos y la operación de una Línea Aérea.

México no tiene experiencias positivas con la estatización de actividades económicas ya que han generado profundos costos económicos por ineficiencias y por malas gestiones de empresas públicas. De igual manera, han generado un negativo impacto social afectando, en última instancia, a las familias al tener que pagar sobrecostos, recibir malos servicios o asumir el pago de deuda mediante impuestos.

A estos riesgos, hoy en COPARMEX advertimos un daño adicional: desalentar gravemente la atracción de inversiones y desaprovechar la gran oportunidad que nos abre la relocalización de empresas y cadenas productivas o Nearshoring.

Estas acciones lejos de representar un acto de soberanía, se convierten en un preocupante mensaje de arbitrariedad y un atentado a la seguridad jurídica.

Estamos ciertos que el decreto de ocupación es una mala señal al mundo porque deja de manifiesto las ineficiencias de PEMEX (que es actualmente la petrolera más endeudada del orbe, con un pasivo aproximado de 106,000 millones de dólares) y la debilidad del Estado de derecho en México en el que de manera discrecional, las autoridades pueden ocupar empresas e inversiones privadas.

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